martes, 14 de septiembre de 2010
LA MATRIZ DOFA DE LA LEY DE TIERRAS
Debido al pequeño espacio de un blog y a la necesaria lectura rápida en internet, se plantean de manera sucinta las debilidades y fortalezas internas a la propuesta legislativa sobre tierras, así como sus amenazas y fortalezas, con base en la exposición de motivos que el gobierno ha presentado al Congreso y a ciertos comentarios del editorial de El Tiempo (domingo 12 de sep.):
AMENAZAS
El gobierno no prevé de manera realista que:
- El INCORA o el INCODER declararon caducados los títulos de beneficiarios de reforma agraria cuando se desplazaron y readjudicaron las parcelas. El IGAC englobó los predios despojados en otro mayor, alterando el catastro para desaparecer la cédula catastral de los despojados.
- Los dueños de las tierras han denunciado cartel de 'arrebatatierras' formados por abogados de desplazados.
- La iniciativa está en los congresistas y su base política.
- Se requieren créditos blandos, asistencia técnica, acceso a mercados e infraestructura rural.
- El ministro Restrepo quiere desplegar la formalización de 1,2 millones de predios rurales y la modernización del avalúo catastral, “que hoy vale para toda Colombia la ridícula suma de $70 billones de pesos”.
- Llegó el momento de sanear los títulos de las tierras, detener la apropiación ilegal y reducir la histórica concentración.
- Fortalecer la extinción de dominio de medio millón de hectáreas y facilitar el cierre de la frontera agraria.
DEBILIDADES
El gobierno cree que:
Se le considera parte de una política de paz.
- 750.000 hogares campesinos desplazados en dos décadas, 60% abandonaron tres millones de hectáreas, y hace creer que “todos” eran propietarios..
- 2 millones de hectáreas para repartir son poco con respecto a 40 millones de hectáreas para uso agropecuario nacional, lo cual no alterará la estructura de la propiedad ni quebrará a los terratenientes.
- 2 millones de hectáreas de testaferros y usurpadores que cuentan con mayores recursos para conservarlas en un trámite judicial ordinario.
- Se construirá un 'registro de tierras despojadas' que reunirá la información catastral necesaria para acreditar los reclamos de las víctimas y la reconstrucción geográfica de cientos de miles de predios, linderos y títulos en las áreas golpeadas. Después del trámite parlamentario, se entrará en el montaje de este ambicioso aparato de identificación, medición, valoración y titulación de miles de predios.
FORTALEZAS
El gobierno cuenta con:
- Corte Constitucional y su Auto 008 de enero 26 de 2009
- Diseñar un sistema de justicia transicional capaz de restablecer los derechos usurpados por violencia
- Contar con normas excepcionales, que den prelación a los derechos perdidos, aunque cuenten con pruebas precarias y una gran debilidad de defensa legal, sobre los derechos usurpados, pero que ostenten todas las pruebas legales y grandes capacidades de defensa judicial.
- La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Tierras de Desplazados será quien impulse el proceso, aporte los elementos probatorios que permitan al juez dictar la sentencia, en corto términos… y que determine las sumas que deba pagarse a los terceros que hayan demostrado sus derechos legítimos en el proceso.
- No se trata de disputas civiles para establecer la titularidad de los derechos de propiedad entre particulares dentro de una legislación ordinaria, sino de atender las consecuencias del conflicto armado sobre la estabilidad territorial del campesinado, para lo cual se requiere una ley de justicia reparativa.
- Por el principio de legalidad de los contratos, quien demuestra buena fe tiene derecho a que el juez le reconozca una indemnización en dinero equivalente a su derecho. En cuanto a la tierra, debe prevalecer el derecho del despojado a la restitución de su inmueble, como una consecuencia de la función social de la propiedad. Resulta procedente presumir afectadas por la fuerza que vicia el consentimiento las transferencias del dominio motivadas por violencia armada, reconociéndola como causa que anula la voluntad en los contratos.
- Registro Único de Predios y Territorios Abandonados –RUPTA-, los predios protegidos por los Consejos Municipales de Atención a la población desplazada y el RUPD –Registro Único de Población Desplazada de Acción Social y el registro llevado por Pastoral Social del Episcopado.
- Creación de una jurisdicción agraria especializada en restitución.
OPORTUNIDADES
El gobierno propone acciones que serán las siguientes:
“1) la creación de un sistema georeferenciado sobre despojos de tierra y la acreditación de los derechos despojados a las víctimas,
2) la determinación de áreas prioritarias de restitución,
3) la clarificación del dominio sobre baldíos y la titulación de los mismos a quienes fueron despojados de posesiones en áreas prioritarias de despojo,
4) la revocatoria de decisiones administrativas de caducidad de títulos de adjudicatarios de reforma agraria cuando hubiere habido abandono forzado,
5) la creación de un programa nacional de formalización de la pequeña propiedad,
6) la actualización catastral en áreas prioritarias de restitución de tierras en consulta con las comunidades locales y las asociaciones de víctimas del despojo,
7) la homologación de los sistemas de catastro y registro de instrumentos públicos y privados en las áreas prioritarias de restitución, para registrar los derechos de tenencia, posesión y propiedad abandonados por los desplazados,
8) el acompañamiento productivo y la coordinación de la provisión de servicios estatales de desarrollo rural a las iniciativas de retorno colectivo de desplazados a sus predios o a predios entregados en compensación,
9) la entrega de tierras y subsidios de vivienda a campesinos sin tierra, desplazados por violencia sin tierras y desplazados por riesgos ambientales, y
10) la focalización de programas de desarrollo rural en áreas de restitución de predios despojados, para reconstruir las comunidades afectadas”.
Ver en este blog: Pastilla y sorbo en ley de tierras; También: RELACIONES CONGRESO GOBIERNO, LEY DE TIERRAS Y DISTRACTORES POLÍTICOS)